Convenio Puestos de Trabajo

TITULO 3 – Sectores, Puestos de Trabajo, Categorías, Salarios

Capítulo I – Facultad de Dirección

Artículo 120º.- Queda expresamente establecido que, la organización y distribución del trabajo, vigilancia y mantenimiento de la disciplina, son facultades exclusivas de la parte patronal, dejando a salvo el derecho del personal a plantear los reclamos correspondientes, en un todo de acuerdo a las prescripciones con la normativa legal vigente, en los casos en que se consideren lesionados sus derechos.
Capítulo II Sectores y Puestos de Trabajo

Artículo 121º.- La determinación de sectores no es necesariamente uniforme en todos los establecimientos y consecuentemente no genera la creación de nuevos puestos de trabajo. Esto no restringe a la empresa en la facultad de distribuir el personal dentro del establecimiento cuando las circunstancias lo requieran.

Artículo 122º.- Para los trabajos y/o secciones de producción intermitente o de intensidad variable, se mantendrá el sistema de ocupación intercambiable, respetándose la modalidad de trabajo de cada establecimiento.

Artículo 123º.- Los sectores y puestos de trabajo que se describen, son meramente enunciativos. Por ello, no cabe pretender ni presumir que en cada establecimiento existan todos ellos, ni que en cada sector de los enumerados se incluyan tantos puestos de trabajo como se describen, y tal como se definen, si la necesidad, tecnología y volumen del establecimiento y equipos de producción, no lo requieran.

Artículo 124º
.- En los casos en que por cualquier motivo se dé lugar a la paralización de la producción, (por ejemplo: falta de ventas, problemas mecánicos, etc.) y el empleador no pueda ocupar al/los trabajador/es, en sus tareas y especialidad habituales, podrá asignarlo temporalmente a otras. En ningún caso dicha asignación podrá dar lugar a rebaja de la categoría que posee el trabajador, ni considerarse esta menoscabada moralmente, ni invocar injuria por alteración de las condiciones esenciales del contrato de trabajo, atento a la causal objetiva que se invoca en este articulo, para disponer el cambio.

Artículo 125º.- En los casos del personal cuyo puesto de trabajo no esté incluido entre los descriptos en este Título, o cuando se de lugar a la creación de nuevos sectores o puestos de trabajo por la incorporación de nuevas tecnologías o procesos industriales, se procederá a efectuar la clasificación de los mismos y la consecuente determinación de la categoría que corresponda mediante la intervención a la Comisión Paritaria General de Interpretación prevista en el Artículo 103º.- del presente convenio.

Artículo 126º.- Comprende el personal obrero y empleado de los establecimientos de la Rama Corrugado que se desempeñan en los siguientes sectores:

Capitulo II
Sectores y Puestos de trabajo

Artículo 127º.- Para los sectores enunciados se definen las funciones de los siguientes puestos de trabajo:
a.- PERSONAL PERMANENTE DE LOS SECTORES DE PRODUCCIÓN
b.- SECTOR CORRUGADO:
Chofer de autoelevador de mordaza: Es el responsable de verificar la máquina para obtener su óptimo funcionamiento: combustible, aceite de motor e hidráulico, líquido de freno, agua, engrasar alemites, aceitar, verificar mangueras de motor y mangueras hidráulicas. Entre sus tareas está la descarga y acomodar bobinas, alimentar la corrugadora, realizar el movimiento y la carga de fardos de descarte.
Preparador de Adhesivos: Tiene como función controlar las cantidades exactas de soda cáustica, bórax, fécula, etc. Una vez preparado el adhesivo distribuye por distintas cañerías a los coleros de la corrugadora, manteniendo limpio el sector.
Operador corrugadora computarizada: Tiene por función el manejo a través de paneles computarizados de la máquina corrugadora a distintos niveles de producción con supervisión general de su puesta en marcha y del procesamiento y es el coordinador del plantel de la sección conjuntamente con el maquinista.
Maquinista de corrugadora doble faz o doble triple: Es la persona que está a cargo del control y la producción de la máquina corrugadora y del personal que en ese momento forma parte del plantel de la máquina. La alimenta de bobinas y las arma, coloca y controla la medidas y ejecuta todo el proceso de fabricación que termina con el control de la calidad.
Maquinista de corrugadora simple/faz: Es la persona encargada de la calidad y la producción de la máquina, alimenta, arma y ubica las bobinas, empalma, carga los coleros, pone las medidas, saca las bobinas de simple faz, atiende la lubricación de la máquina en general.
Maquinista de Microcorrugadora: Cumple las mismas funciones que el maquinista de corrugado simple faz o doble faz.
Ayudante de Primera de Corrugadora: Son sus funciones empuñar bobinas, ayudar a los empalmes de bobinas, mantener el nivel de los coleros, controla la temperatura de la mesa de secado, es el auxiliar directo del maquinista.
Ayudante de Segunda de Corrugadora: Cumple tareas en la corrugadora y a la vez es el reemplazante de primera.
Formatista de Corrugado: Tiene por función el ajuste de la máquina para el diagrama de producción conforme diseño y dimensiones que se le suministran. Es el responsable directo del control de medidas y formatos. Este puesto es para las máquinas corrugadoras cuya producción supere los cuarenta metros de velocidad por minuto.
Maquinista enfardador: es su función la atención permanente de las bateas de descarte, verificar el correcto desempeño de la maquina, controlar el tablero de los chupadores, atar los fardos.
Ayudante de enfardador: Cumple la tarea de colaborar con el maquinista, atiende las bateas y ayuda al atado. Este puesto de ayudante es para las máquinas que tengan chupadores.
Guincheros: Es su función proceder a la descarga de las bobinas que traen los camiones, trasladándolas a su lugar indicado. Además remonta piezas de peso elevado y carga fardos de descarte en acoplados.
c.- SECTOR ESTAMPADO E IMPRESION
Maquinista Sloter Impresora con o sin Troquelado: Tiene la función a través de paneles operar la máquina impresora a distintos niveles de producción, colocación de grabados y hace la verificación de la calidad de la impresión y la elaboración de cajas con supervisión de la marcha y del procesamiento de corte y es el coordinador del plantel de la máquina.
Maquinista de Pegadora y/o Cosedora Automática: es su función atender el batidor, colocar medidas, control del colero de adhesivos, controlar contador, colocar alambre para broches, programar medidas y puntadas para broches.
Primer Ayudante Maquinista de Pegadora y/o Cosedora Automática: tiene como función relevar al maquinista, colaborar con el mismo en la atención del batidor, en la colocación de medidas, en el control del colero de adhesivo y del contador, en la colocación de alambre para broches, y la programación de medidas y puntadas para broches.
Maquinista Sloter, Impresora, Pegadora con o sin Troquelado: Tiene por función manejar a través de paneles convencionales la máquina impresora a distintos niveles de producción, coloca los grabados y hace la verificación de la calidad de la impresión y la elaboración de cajas, con supervisión de la marcha y el procesamiento de corte y es el coordinador del plantel de la sección.
Primer Ayudante Impresora Pegadora: Tiene como función relevar al maquinista, colaborar con el mismo en la colocación de formatos, medidas, trazados, troqueles, pegado, cinta transportadora. Al comenzar el proceso de elaboración colabora con el maquinista en el procesamiento y control de la caja hasta su terminación.
Segundo Ayudante Impresora Pegadora: Tiene como función relevar al primer ayudante y colaborar con el mismo. Realiza el lavado de máquinas y cambio de tinta; al comenzar el proceso de elaboración controla el buen funcionamiento del cajón acumulador, contador de cajas y colaborar con el maquinista atador.
Tercer Ayudante Impresora Pegadora: Tiene como función relevar al segundo ayudante y colaborar con el mismo. Realiza la colocación de las medidas en cuerpo alimentador. Al comenzar el proceso de elaboración alimenta la máquina con planchas, controlando las condiciones, el buen encuadramiento y funcionamiento del cuerpo alimentador.
Primer Ayudante Impresora: Tiene como función relevar al maquinista y colabora con el mismo. Realiza la colocación de formato, medidas, trazados y troqueles; al comenzar el proceso de elaboración, estiba y retira las planchas que salen de la máquina y controla el descartonado e impresión de las mismas en colaboración con el maquinista.
Segundo Ayudante Impresora: Tiene como función relevar al primer ayudante y colabora con el mismo; realiza el lavado, cambios de tintas, coloca medidas en el cuerpo alimentador al comenzar el proceso de elaboración; alimenta la máquina con planchas controlando las condiciones del buen encuadramiento y el funcionamiento del cuerpo alimentador.
Operador Fabricación Tinta: Tiene por función la puesta a punto de los medios a utilizar por la maquina de fabricación de tinta y la preparación de colores para impresión de productos.
Operador Tintero: Tiene por función el aprovisionamiento de las tintas a los procesos de impresión para la preparación de productos, dicha materia prima es proporcionada por un tercero en condiciones de ser utilizada en dichos procesos.
Dibujante de Grabado o Clisé: Son sus funciones de acuerdo a la muestra, de volcarlo al calco para luego trasladarlo a la goma, para la elaboración del clisé.
Cortador de Grabado o Clisé: Son sus funciones, recibir del dibujante la goma calcada, para posterior cortado o procesamiento de clisé.
Montador de Grabados o Clisé: Tiene por función el montaje del grabado en los mantos y/o mallas, conforme el diagrama de muestras, cortando y adaptándolo para su colocación, teniendo a su cargo los cambios que deban producirse por rotura, modificación o desgaste de los mismos.
Archivista de Grabado: Prepara y controla el clisé o grabados, colocando tela adhesiva a los mismos para su posterior traslado a máquina. Una vez utilizado, controla el estado de aquellos, procediendo a su archivo conjuntamente con la muestra; esta especialidad no genera la creación de un nuevo puesto de trabajo, sino que es para aquellas empresas que tienen destinada una persona específica para esta tarea.
Maquinista de Offset: Le corresponde la función de preparar la máquina en su totalidad, cambio de planchas, puesto a punto, preparación de tintas con distintas gamas de colores, revelado de planchas, manejos de insoladoras, preparado de productos químicos para el sistema de mojadores de Offset, conocimiento en gramajes de cartulina, entendimiento en barnices y lacas sobre impresión de máquina.
Primer ayudante de offset: Tiene como función relevar y/o auxiliar al maquinista de offset, colaborar con el mismo en la colocación de chapas o planchas, y en la puesta a punto y entintado de maquinas. Asimismo colabora en el control del buen funcionamiento de las máquinas y de los pliegos impresos.-
Operario de Offset: Tiene la función de asistir a las demandas del maquinista y /o primer ayudante en cuanto al funcionamiento de la impresora offset.
d.- SECTOR TERMINACION
Maquinista Dobladora, Pegadora y/o Cosedora Automática: Es su función atender el batidor, colocar medidas, control de colero de adhesivos, controlar contador, medida de cajón alimentador, colocar alambre para broches, programar medidas y puntadas de broche, alimentar la máquina.
Maquinista Dobladora, Pegadora y/o Cosedora Semi-Automática: Son sus funciones: colocar medidas, atender bastidor, controlar colero de adhesivo y/o alambre para broches, controlar puntadas de broche, colocar caja en la mesa alimentadora y doblarlas, para su posterior cosido o pegado.
Primer Ayudante de Dobladora, Pegadora, Cosedora Automática o Semiautomática:Carga planchas en el cajón o en el carro elevador. Coloca medidas. Es auxiliar, relevante del maquinista y en la semiautomática retira las cajas para atar.
Troquelador de Máquina Convencional: Es su función controlar la puesta a punto de la máquina. Verifica que la matriz o sacabocado estén en óptimas condiciones para el desarrollo de la tarea, enramando los mismos y haciendo el control del proceso. Alimenta y descarga la máquina.
Troquelador de Máquina Automática: Conduce la máquina troqueladora mediante el panel de mando, su puesta en marcha, supervisando el procedimiento conforme a los diagramas de producción. Hace el montaje de la matriz y verifica su puesta a punto. Carga la máquina.
Ayudante de Primera Troquelador de Máquina Convencional: Es auxiliar y relevante del troquelador, siendo su función arrimar y retirar pliegos, enramar y desenramar la matriz o sacabocado.
Ayudante de Primera Troquelador de Máquina Automática: Es el auxiliar y relevante del maquinista. Coloca las medidas, matrices o sacabocados, arrima y coloca planchas y las retira.
Maquinista Cosedora Manual: Tiene por función la puesta a punto de la máquina, la colocación de alambre, controlando las puntadas a broches, alimenta la máquina y entrega las cajas para empaquetar.
Maquinista de Atadora Automática o Semi-Automática: Controla la puesta a punto de la máquina. Coloca flejes, enhebra los mismos, prepara los paquetes con la cantidad de cajas predeterminadas y procede a atar, siendo responsable directo de la cantidad de cajas en cada paquete.
Maquinista de Encapadora o Parafinadora: Tiene por función manejar a través de paneles convencionales el encapado o parafinado de los pliegos, controlando la parafina para que ésta cubra los mismos. Carga la máquina.
Maquinista de Sierra Circular o Sinfín: Es su función controlar la puesta a punto de la máquina, procediendo a colocar medidas, poner a sacar sierra, discos o cintas. Controla su procesamiento de acuerdo al diagrama.
Maquinista Pegadora de Cinta Automática o Semiautomática: Controla el funcionamiento de la máquina, coloca la cinta de papel, el agua en el tanque y procesa el material, alimenta la máquina y entrega las cajas para empaquetar.
Maquinista de Trazadora: Coloca medidas en cuchillas, controla el exacto trazado de los pliegos y el corte de los mismos. Alimenta la máquina y pasa los pliegos o planchas.
Maquinista de selladora y cortadora: Tiene como función operar y controlar la máquina selladora y cortadora de empaque.
Encapsulador: Tiene como función pone a punto la máquina y la materia prima, y proceder al paletizado de la producción lista para su remisión.
e.- SECTOR RECEPCION Y EXPEDICION
Laboratorista o Control de Calidad: Es el empleado/a que realiza el control en el material ingresado al establecimiento, gramaje, grado de humedad, obteniendo valores anteriores a la producción, posteriormente realiza controles en base a lo producido de acuerdo a normas establecidas, hace muestras manuales de material.
Oficial de Diseño: es el responsable de dibujar, calar, diseñar troqueles, planos para troqueles y clisé, y otros.
Chofer Autoelevador de Uña: Es el responsable de verificar la máquina para obtener su óptimo funcionamiento: combustible, aceite de motor e hidráulico, líquido de freno, agua, engrasar alemites, aceitar, verificar mangueras de motor y mangueras hidráulicas. Entre sus tareas está la de realizar el movimiento y la carga de fardos de descarte, desplazar y cargar bancales completos con sus planchas elaboradas, semi-terminadas o con paquetes de cajas, acercar bancales vacíos con planchas o cajas a las distintas máquinas que completan todo el proceso de fabricación.
En aquellos casos en los que un operario conduzca en forma normal y no excepcional indistintamente, el Autoelevador de Uña o el Autoelevador de Mordaza se clasificará a dicho operario en la categoría correspondiente al Chofer Autoelevador Mordaza.-
Encargado de Recepción y Expedición: Tiene como función recepcionar, controlar camiones con bobinas, confeccionar rótulos, indicar sectores para estibar y llevar el control del consumo de bobinas. Controlar las entregas, confeccionar remitos y supervisar al personal que en ese momento se encuentre a su cargo.
Chofer de camiones: Es la persona encargada de verificar el vehículo a conducir controlando todo aquello que sea necesario para su óptimo funcionamiento. Acomoda la carga en el camión y la transporta a los lugares indicados por la empresa.
Cuando dentro de sus funciones comunes realizara pagos o cobranzas se abonara un adicional mensual equivalente a veinticinco (25) horas correspondiente a la categoría que percibe.-
Ayudante de Chofer de Camiones: Es el acompañante, auxiliar y relevante del chofer. Ayudante en la carga y descarga.
Personal de Cargas y Descargas: Serán operarios de esta categoría aquellos que realicen tareas de carga y descarga de camiones con su correspondiente estibamiento y estén afectados al personal fijo del sector de expedición.
f.- PERSONAL COMPLEMENTARIO PARA LOS SECTORES DE PRODUCCION
Saca caja máquina Corrugado, Estampado e Impresora, Cosedora, Balancero y/o Máquina Zorra Eléctrica, Hidráulica o Manual y Atador Manual: Serán operarios de esta categoría aquellos que realizan cualquiera de las tareas enumeradas que no requiere oficio alguno, efectuando tareas de producción y ayuda al personal de categoría superior a esa máquina.
Encargado de Almacén de Materiales: Es su función almacenar el material que se le provee y a su vez suministrar aquel que se le solicita, haciéndose cargo y responsable de los controles correspondientes.
Operario Tareas Generales: Serán operarios de tareas generales aquellos que realicen cualquier tarea que no requieren oficio o especialidad alguna.
Asistencia al Cliente: Tiene por función principal asesorar y/o asistir al cliente cuando a éste se le presenten inconvenientes con un producto adquirido a la empresa, ya sea en el establecimiento fabril o en el domicilio del primero, percibiendo en este caso un viático por traslado que en ningún caso podrá ser inferior al costo del mismo más el que represente el alojamiento y comida.
g.- SECTOR MANTENIMIENTO
Tornero Especializado: Con conocimiento teórico y práctico de tornería y máquinas herramientas, realiza la confección o rectificación de todo tipo de piezas para el mantenimiento de las máquinas del establecimiento.
Foguista: Tiene como función la atención permanente de la caldera, cuidará los niveles de agua y combustión, generación de vapor y confeccionar planillas. Para los casos en aquellos lugares que se requiere un ayudante, se le proveerá de acuerdo a las características de las mismas.
Oficial Tornero: Con conocimiento específico de tornería, realiza la confección o rectificación de piezas para el mantenimiento de las máquinas del establecimiento.
Medio Oficial Tornero: Con conocimiento limitados de tornería. Realiza tareas de desvastes, frenteado de piezas y/o reparación y/o fabricación de piezas que no revistan complejidad.
Mecánico Especializado o Múltiple.- Con conocimiento teórico y práctico de la especialidad. realiza tareas de soldaduras, rectificación, tornería, montaje, sistemas neumáticos e hidráulicos.
Oficial Mecánico: Con conocimiento específico de mecánica, realiza trabajos de mantenimiento de máquinas dentro del establecimiento.
Medio Oficial Mecánico: Con conocimiento limitado de la especialidad. Realiza trabajos de mantenimiento de máquina dentro del establecimiento, siendo el auxiliar directo del oficial mecánico.
Ayudante de Mantenimiento: Serán ayudantes de mantenimiento todo aquel operario que sin tener especialidad colabora con los medios oficiales y/u oficial mecánico, electricistas, soldadores, matriceros, torneros, albañil, carpinteros y cañistas.
Oficial Mecánico de Automotores: Con conocimiento especifico de mecánica, realiza trabajos de reparación y/o mantenimiento de automotores de la empresa.-
Oficial Electricista: Con conocimiento específico de electricidad. Realiza trabajos de mantenimiento en roturas y/o instalaciones de la especialidad.
Medio Oficial Electricista: Con conocimiento limitado de la especialidad. Realiza trabajos en instalaciones eléctricas y es el auxiliar directo del oficial electricista.
Oficial Matricero: Con conocimiento específico de la especialidad. Realiza la confección de matrices y/o sacabocado para máquinas troqueladoras automáticas y/o convencionales, como así también para máquinas impresoras con troquelado afectada a la producción de cartón y/o papel dentro del establecimiento.
Oficial Soldador: Con conocimiento teórico y práctico en todo tipo de soldaduras requeridas para el mantenimiento de máquinas e instalaciones en el establecimiento.
Oficial Cañista, Plomero y Gasista: Con conocimiento teórico y práctico de la especialidad, realiza todo tipo de tareas para el mantenimiento y/o instalación en el establecimiento.
Oficial Albañil: Con conocimiento específico de albañilería: realiza trabajos en el establecimiento de mantenimiento y/o construcciones de su especialidad.
Oficial Carpintero: Con conocimiento específico de carpintería, realiza trabajos en el establecimiento de mantenimiento y/o instalaciones de su especialidad.
Técnico Especializado en Electrónica: Con título académico de disciplina electrónica, habilitado para el desarrollo de la actividad en el área que le fije el empleador.-
Técnico Oficial en Electrónica: Con conocimiento teórico y practico de la especialidad en la actividad.
Técnico Medio Oficial en Electrónica: Con conocimiento teórico y practico limitados en la especialidad. Es el auxiliar directo del Técnico Oficial en Electrónica.- Transcurrido un plazo máximo de 12 meses en su puesto, ascenderá de manera automática a la categoría inmediata superior.-
Las limitaciones previstas para el Técnico especializado en Electrónica, y el Técnico Oficial en Electrónica no serán excluyentes para el personal idóneo que a la fecha de suscripción del presente convenio se encuentren cumpliendo funciones descriptas para estas categorías.
h- SECTOR ADMINISTRATIVO
Operador de Computadora: Tiene a su cargo el suministro de datos a la computadora y la obtención de resultados de las operaciones o tareas que la empresa realiza por este sistema.
Corredores y/o Cobradores: Son quienes en forma exclusiva, en representación del empleador concertar negocios relativos a la actividad de su representada o realizan gestiones de cobranza, rigiéndose sus funciones por este convenio.
Tesorero, Pagador y/o Cajero: Es el empleado del departamento de Tesorería que tiene por función fiscalizar y efectúa la cobranza y pagos a los proveedores, los sueldos del personal y todos aquellos conceptos que la empresa debe abonar a terceros en general, conforme lo establezca el empleador.
Facturista, Dactilógrafa y Atención al Cliente: Es el empleado que tiene por función la confección de las facturas de venta y/o notas de débito y/o créditos de los productos comercializados por el empleador; transcribe en mecanografía la tarea encomendada.
Encargado de Cuentas Corrientes y/o Imputador Contable: Es aquel que tiene por función el manejo de las cuentas corrientes de compras y ventas y realiza otras tareas de contaduría.
Telefonista y/o Recepcionista: Tiene por función la atención del conmutador de la empresa, recibiendo y signando las llamadas y/o recepciona y atiende a terceros en mesa de entradas.
Sereno: Tiene como función la vigilancia de las instalaciones de la empresa.
Portero: Tiene por función el control de entrada y salida de vehículos, personas y cosas.
Cadete: Realiza tareas encomendadas por la Administración.
i.- SECTOR TRATAMIENTOS DE EFLUENTES:
Oficial de Efluentes: es el responsable del tratamiento del agua donde se le agregará los aditivos para que se produzca la decantación de todos residuos sólidos existentes.
Medio Oficial de Efluentes: realiza el trabajo de mantenimiento siendo el auxiliar directo del Operador Oficial de Efluentes.

Artículo 128º.- Las especialidades enumeradas en el sector mantenimiento no generan la creación de nuevos puestos de trabajo ni la obligación del empleador de cubrir estos puestos, sino que es para aquellas empresas que tienen destinadas las personas específicas para cada una de estas especialidades.

Artículo 129º.- Las designaciones de puestos de trabajo no son limitativas para aquellas empresas que tienen más de una persona asignada a cada uno de esos puestos.
Se mantendrán las condiciones de trabajo preexistentes, del personal afectado a los puestos de trabajos, a la firma del presente convenio.-

Capítulo III
Categorías Profesionales

Artículo 130º.- Los puestos de trabajo de los sectores definidos en el capitulo anterior serán desempeñados por las categorías profesionales de trabajadores que a continuación se detallan.
Se instituye en la presente rama la categoría denominada ESPECIAL, que comprende a los operadores de máquinas corrugadoras y operadores impresoras, con o sin troquelado, que posean computadora incorporada al sistema de trabajo, ya sea en la propia maquinaria, o como módulo aparte.
Categoría Especial: Operador Máquina Corrugadora Computarizada – Operador Máquina Impresora Computarizada, con o sin Troquelado -Operador Fabricación de Tinta -Técnico Especializado en Electrónica- Tornero Especializado-Mecánico Especializado o Múltiple.-
Categoría 1: Primer Ayudante Máquina Corrugadora Computarizada – Primer Ayudante Máquina Impresora Computarizada, con o sin Troquelado – Maquinista Corrugadora Doble o Triple Faz – Maquinista Impresora, Pegadora con o sin Troquelado – Maquinista Sloter con o sin Troquelado – Maquinista de Microcorrugado – Laboratorista o Control de Calidad – Maquinista de Offset -Oficial Tornero – Oficial Mecánico y Automotores -Oficial Electricista – Oficial de Diseño- Técnico Oficial en Electrónica- Maquinista de Pegadora y/o Cosedora Automática- Chofer de Camiones.-
Categoría 2: Segundo Ayudante Máquina Corrugadora Computarizada – Segundo Ayudante Máquina Impresora Computarizada, con o sin Troquelado – Foguista -Troquelador de Máquina Automática – Oficial Soldador – Oficial Cañista – Plomero- Gasista – Dibujante de Grabado o Clisé -Cortador de Grabado o Clisé – Formatista de Corrugado – Ayudante de Primera de Corrugadora – Primer Ayudante Impresora Pegadora – Primer Ayudante de Impresora – Encargado de Recepción o Expedición – Maquinista de Corrugadora Simple Faz – Maquinista Dobladora o Cosedora Automática – Asistencia al Cliente – Chofer Autoelevador de Mordaza – – Oficial de Efluentes.-Técnico Medio Oficial en Electrónica – Oficial Matricero.-Primer Ayudante Impresora Offset.-
Categoría 3: Tercer Ayudante Máquina Corrugadora Computarizada – Tercer Ayudante Máquina Impresora Computarizada, con o sin Troquelado – Montador de Grabado o Clisé – Medio Oficial Mecánico – Medio Oficial Electricista – Albañil – Carpintero – Medio Oficial Tornero – Preparador de Adhesivo – Encargado de Almacén de Materiales – Segundo 37
Ayudante Impresora Pegadora – Maquinista Dobladora Pegadora y/o Cosedora Semiautomática – Troquelador de Máquina Convencional – Maquinista Encapadora o Parafinadora – Ayudante de Segunda de Corrugadora – Segundo Ayudante de Impresora – Archivista de Grabado –Primer Ayudante Maquinista de Pegadora y/o Cosedora Automática- Medio Oficial de Efluentes.- Chofer Autoelevador Uña.- Operador Tintero.-
Categoría 4º: Ayudante de Mantenimiento –Maquinista enfardador-Tercer Ayudante de Impresora Pegadora – Cosedor Manual – Primer Ayudante de Dobladora Pegadora o Cosedora Semiautomática – Maquinista de Sierra Circular o Sinfín -Maquinista de Trazadora -Ayudante de Chofer de Camiones -Maquinista de Pegadora de Cinta Automática o Semiautomática – Ayudante de Primera de Troquelador de Máquina Convencional y/o Automática – Maquinista de Atadora Automática o Semiautomática -Guinchero -Encapsulador – Operario de Offset .-
Categoría 5º: Ayudante Enfardador – Personal de Carga y Descarga de Expedición – Saca Caja Máquina Corrugado – Impresora – Cosedora – Balancero y/o Máquina Zorra Eléctrica Hidráulica o Manual – Atador Manual .-
Categoría 6º: Operario Tareas Generales

Artículo 131º.- Los puestos de trabajo del personal administrativo serán desempeñados por las siguientes categorías profesionales:
CATEGORIA ESPECIAL: Ayudante de contador.
CATEGORIA Nº 1: Encargado de Cuentas Corrientes y/o imputador contable -Tesorero y/o cajero – Operador de computadora.
CATEGORIA Nº 2: Corredores y/o Cobradores – Facturista y/o Dactilógrafa Atención al Cliente.
CATEGORIA Nº 3: Telefonista y/o Recepcionista  Sereno – Portero.
CATEGORIA Nº 4: Cadete – Servicio de limpieza y cafetería.

Capítulo IV
De las remuneraciones

Artículo 132º.- Las remuneraciones del trabajador comprenden el salario profesional básico y los adicionales remunerativos y premios.

Artículo 133º.- La liquidación de salario del personal jornalizado se hará quincenalmente, en los casos que la modalidad de pago sea mensual, la suma total del sueldo básico de las horas trabajadas no podrá ser inferior a la suma total del salario profesional, establecido en este convenio, por la cantidad de horas efectivamente trabajadas.

Artículo 134º.- Los adicionales, premios y subsidios que se establecen en el Título I del presente convenio, se liquidarán en el período que correspondan como rubro separado bajo la denominación correspondiente.

SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO

Artículo 135º.- El Sueldo Anual Complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas el 30 de junio y la segunda el 31 de diciembre de cada año. El importe a abonar en cada ocasión será equivalente al 50% (cincuenta por ciento) de la mejor remuneración percibida en el último semestre o proporcional al tiempo trabajado.

Capítulo V – Escalas Salariales

Artículo 136º.- Personal permanente de Producción y complementario de Mantenimiento.

Categoría Jornal/ Hora (en $)
Desde el 01-05-2008
Jornal/ Hora (en $)
Desde el 01-08-2008
Especial 8,91 9,69
1 8,00 8,69
2 7,42 8,06
3 6,85 7,45
4 6,28 6,83
5 5,98 6,50
6 5,70 6,20

Artículo 137º.- Personal Administrativo Complementario

Categoría Valor/ Mes (en $)
Desde el 01-05-2008
Valor/ Mes (en $)
Desde el 01-05-2008
Especial 1.857,00 2.019,00
1 1.671,00 1.816,00
2 1.520,00 1.653,00
3 1.396,00 1.518,00
4 1.296,00 1.409,00
5 1.113,00 1.210,00

Artículo 138º.- Las partes convienen incrementar el valor horario a partir del 01 de mayo del 2008, en un 15% del salario básico de cada categoría vigente al 31/03/08 y a partir del 01 de agosto de 2008 un 10 % del salario básico de cada categoría vigente al 31/03/08 de manera no acumulativa, referidos a las distintas categorías, conforme las tablas salariales que constan en el presente convenio colectivo de trabajo (arts. 136 y 137). De igual manera se aplicarán al Adicional por Título Técnico (art. 76º) y Viáticos (art. 78º). Estos incrementos en los salarios básicos podrán ser compensados, hasta su concurrencia, con los incrementos otorgados por el empleador cuando hayan sido a cuenta de futuros aumentos, o convencionales o liquidados con otra denominación pero con la misma finalidad.

Artículo 139º.- Las partes convienen que ningún trabajador que preste tareas bajo las condiciones de este convenio, no podrá percibir como retribución bruta y por todo concepto, una suma inferior al salario mínimo, vital y móvil fijado y dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional.-

VALORES DE ADICIONALES Y SUBSIDIOS A LA FIRMA DE ESTE CONVENIO

Título Técnico (Artículo 76º.-): $ 207,46 a partir del 1 de mayo de 2008 y $75 a partir del 01 de agosto de 2008.-

Viático (Artículo 78º.-):
 $ 11,07 a partir del 1 de mayo de 2008 y $ 12,04 a partir del 01 de agosto de 2008.-

Subsidio Jubilatorio (Artículo 80º.-):
 el equivalente a 1172 horas de la Categoría Inicial