NORMATIVA

Con cambios a favor del sector, se ratifica el Convenio Colectivo de Trabajo


10/11  –  El pasado jueves 28 de Octubre se completó el proceso de ratificación del nuevo Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) para el sector corrugador, que fue suscripto por los miembros de la Comisión Paritaria de CAFCCo, conjuntamente con los representantes de la Federación de Obreros empleados de la Industria del Papel y Cartón.

El CCT tiene vigencia desde el 1º de Mayo del 2014 hasta al 30 de Abril del 2016 e implica la renovación del CCT 677/13.

Dentro de las modificaciones que expresa el Convenio, se destacan leves cambios en las Vacaciones y Licencias Especiales, Adicionales por títulos técnicos y en la Representación gremial en los Establecimientos.

Pero el cambio más significativo se encuentra en el Capítulo XIV “Financiación de Programas Sociales y Capacitación” que establece en su Artículo 85º “una contribución extraordinaria de los empleadores de $ 450,00 por cada trabajador incluido en este convenio que revista en relación de dependencia a la firma del mismo, para el cumplimiento de objetivos sociales” y “un Fondo convencional ordinario” en el Artículo 86º.

“Tomando en consideración que la entidad que representa a los empleadores de la presente Convención Colectiva presta efectivo servicio, en la representación, capacitación y atención de los intereses particulares y generales de trabajadores y empleadores, con abstracción hecha a que los mismos sean o no afiliados o asociados a sus respectivas organizaciones, las partes que suscriben este CCT coinciden en reconocer la necesidad de arbitrar y obtener los medios idóneos económicos para que pueda dicha representación concretar, dentro de sus áreas de actuación, todo tipo de actividad que propicie la elevación cultural, educativa, de capacitación profesional, recreativa, de asesoramiento técnico y profesional, de los empresarios de la actividad y la defensa de sus respectivos intereses sectoriales, obligándose respecto de los empleadores comprendidos en esta convención, sean o no asociados a la misma, a evacuar las consultas de interés general o particular que correspondan y a recoger las inquietudes sectoriales que transmitan”, cita el Artículo 86º del recientemente ratificado Convenio.

“A tales efectos, resulta necesario estructurar un sistema que permita obtener los medios suficientes que haga factible afrontar los gastos y erogaciones que habrá de demandar al cumplimiento del propósito enunciado. Por ello, las partes que suscriben este CCT han convenido en instituir una contribución convencional a favor de la Cámara Argentina de Fabricantes de Cartón Corrugado, consistente en la obligación, a cargo de todos los empleadores de la actividad comprendidos en esta convención colectiva de trabajo, adicional a la expresada en este articulo a favor de la Federación de Obreros y Empleados de la Industria del Papel, Cartón y Químicos y de igual valor que la misma ($ 450,00.-), a favor de la Cámara Argentina de Fabricantes de Cartón Corrugado, calculada por cada trabajador incluido en este convenio y que revista en relación de dependencia con una empresa del sector cuya jurisdicción y competencia se encuentran bajo las normas de esta convención”, continúa el documento.

“Cada institución deberá establecer sus sistemas propios, para otorgar las prestaciones que permitan alcanzar los objetivos pretendidos. Dichas contribuciones son totalmente ajenas a los aportes y contribuciones que surjan de otras disposiciones o de las leyes de obra social. El importe antes indicado y a favor de la Cámara Argentina de Fabricantes de Cartón Corrugado, deberá ser depositado en la cuenta corriente de la entidad empresaria Banco Galicia, Cta. Cte. en pesos nº 19870-3010-2, CBU 00700108-20000019870322, debiendo la empresa notificar el depósito o la transferencia electrónica efectuada al e-mail de la Cámara administracion@cafcco.com.ar, quién a vuelta del correo electrónico emitirá una constancia del pago”, finaliza lo expuesto en el mencionado artículo.

El Convenio quedó registrado en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social bajo el número de Expediente 1.694.698/15, quedando pendiente por parte del Ministerio su homologación y publicación.

Acta Ratificación Acuerdo CCT 28-10-15 Web

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