Recorte de papel: El gobierno nacional actualizó la normativa sobre residuos peligrosos


Mediante el Decreto 591/19 se dispuesto los procedimientos que podrán establecerse para la importación de residuos sujetos de valoración

La normativa permitirá allanar al sector papelero nacional la importación de recortes, o de OCC (como se conoce a nivel global) para la producción de papeles a base de reciclado. Serán competentes para definir los procedimientos que deberán cumplirse para acreditar el origen de los residuos valorizables así como acreditar el reúso en un proceso productivo, la Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable y el Ministerio de Producción y Trabajo.

La Argentina es importador de OCC (recorte) de distinto tipo que se utiliza tanto para equilibrar la demanda interna como para mejorar la calidad de los papeles reciclables. En nivel de recuperación alcanza el 64% del total producido, entre la recolección urbana que es del orden del 53% más el “scrap” industrial que generan las propias corrugadoras. En Europa la tasa de recolección está en el orden del 71% y aspiran a llevarla a un 74%

Con estas fibras se nutre la producción global de papeles para corrugar. En el mundo, la elaboración de papeles a base de reciclado supera el 75% de la producción. Hay países que generar un exceso de “viejas cajas recuperadas¨ (OCC – Old corrugated container) y el aprovechamiento de este recurso permite mejorar la elaboración de nuevo papel para distintos usos, entre ellos los papeles para la producción de nuevas cajas de cartón corrugado.

El análisis del “balance de fibras” del país, acompañado por una política apropiada al respecto puede facilitar la ampliación de los horizontes de la producción nacional de papeles. Esta nueva normativa es un paso es esa dirección.

Descargar: Decreto 591/19

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